PUERTO MORELOS, MX.-Luego de que el pasado 18 de julio venció el plazo que el Instituto de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales de Quintana Roo (IDAIPQROO) dio la presidenta municipal de Puerto Morelos, Laura Fernández Piña para cumplir con la publicación de información en el Sistema de Portales de Obligación de Transparencia (SIPOT), entre la que se encuentra la remuneración bruta y neta de todos los empleados del ayuntamiento, los gastos de representación y viáticos, y el directorio de los servidores públicos, la Alcaldesa del Partido Verde ha cumplido parcialmente, a sabiendas de que el Instituto de Transparencia no puede aplicar sanciones hasta el 1 de enero de 2018 .
De una revisión del SIPOT se observa que Laura Fernández Piña no ha publicado toda la información que motivó la denuncia interpuesta por el Colectivo Puerto Morelos Transparente, con asesoría de Somos Tus Ojos.
La denuncia se interpuso en mayo pasado por no encontrarse disponible la información pública obligatoria correspondiente a las fracciones II, III, IV, VII, VIII y IX del artículo 91 de la Ley de Transparencia de Quintana Roo. Una vez que el IDAIPQROO comprobó que los datos no estaban en el Sistema de Portales de Obligación de Transparencia, le dio un plazo de 15 días a Fernández Piña para cumplir.
Al día de la publicación de esta nota, en el SIPOT no existe la información relativa a la estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura a las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada Servidor Público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados (artículo 91, fracción II de la Ley de Transparencia de Quintana Roo). Aunque en el sitio del ayuntamiento de Puerto Morelos se encuentra un organigrama en éste no se incluyen los nombres de los funcionarios y mucho menos sus atribuciones y responsabilidades.
De la fracción IV, “las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos” tampoco existe publicada información.
Uno de los rubros que mayor inquietud genera por absorber la mayor parte del presupuesto municipal es el de Servicios Personales, es decir, el que se destina al pago del personal, y en este punto, Fernández Piña ha sido renuente a hacer pública “la remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración”, tal y como se lo ordena la fracción VIII del artículo 91 de la Ley de la materia.
¿EN QUÉ SÍ CUMPLIÓ LAURA FERNÁNDEZ?
Laura Fernández sí cumplió con publicar la información de la fracción III del referido artículo 91, al poner a disposición 26 archivos en el que se describen las facultades de cada área de la administración municipal.
Igualmente ya se encuentra la información relativa a la fracción VII, donde se pueden leer los nombres de 215 servidores públicos. Dicha fracción del numeral 91 de la Ley de Transparencia obliga a publicar el directorio de todos los servidores públicos, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público, manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales.
La Alcaldesa del novel municipio de Puerto Morelos igualmente puso a disposición 149 archivos en los que se detallan “los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente” (fracción IX del artículo 91), en los que se leen los nombres de los servidores públicos que han requerido viáticos, así como el motivo de la comisión. Cabe destacar que aunque Laura Fernández Piña ha realizado diversos viajes fuera del estado, su nombre no aparece en el listado, aunque sí figura el de su fotógrafo personal y el de los camarógrafos de Comunicación Social.
CIUDADANOS ESTÁN OBLIGADOS A EXIGIR CUENTAS
El Colectivo Puerto Morelos Transparente está integrado por ciudadanos de este municipio que se organizó para exigir cuentas a la primera presidenta municipal electa en este municipio de reciente creación, enfrentando desde un inicio una completa cerrazón por parte de la Unidad de Transparencia, que incluso se ha negado a entregar información básica, como el curriculum de los regidores.
A través de la solicitud 00325717 se requirió el curriculum vitae de los regidores a lo que la Unidad respondió: “al respecto le informo que, de acuerdo con el artículo décimo de la Ley Orgánica municipal del estado libre y soberano de Quintana Roo y el artículo séptimo de la Ley de los Municipios del estado de Quintana Roo, los miembros de un ayuntamiento, dentro de los cuales se encuentran los regidores del mismo, se eligen por sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible de los ciudadanos del estado, bajo el sistema electoral mixto de mayoría relativa y de representación proporcional. Por lo que los documentos personales y curriculares de los regidores deberán constar ante el Instituto Electoral correspondiente”.
Cabe destacar que la fracción XVII del artículo 91 de la Ley de Transparencia de Quintana Roo obliga a publicar: “el perfil de los puestos y la información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto”.
Solo a través de la exigencia en la rendición de cuentas los ciudadanos organizados lograremos una efectiva vigilancia del gasto público y del desempeño de los servidores públicos.