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JUEZ ORDENA A GOBERNADOR DE QROO GARANTIZAR ACCESO A LA INFORMACIÓN A TRAVÉS DEL INFOMEXQROO

Publicada el 5 de septiembre de 20166 de septiembre de 2016

CANCÚN, MX, 05/09/2016.- El Juez quinto de distrito, con sede en Cancún, concedió el viernes pasado la suspensión definitiva en el amparo 1094/2016 interpuesto en contra del Acuerdo del gobernador Roberto Borge Angulo que extingue la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo (UTAIPPE), y por el que  se dio de baja el sistema Infomexqroo.

La suspensión definitiva se solicitó para que durante el tiempo que se llevara a cabo la reestructuración administrativa en materia de transparencia, no se diera de baja el sistema Infomexqroo; lo anterior luego de que esta plataforma digital fue inhabilitada técnicamente, lo que privó a los ciudadanos de ejercer su derecho a la información.

El juez Ciro Carrera Santiago en el considerando cuarto de la suspensión definitiva señaló lo siguiente: “(…) considerando las manifestaciones contenidas en la demanda, así como atendiendo a la apariencia del buen derecho y la no afectación del interés social, procede CONCEDER LA SUSPENSIÓN DEFINITIVA solicitada para efecto de que el Gobernador del estado de Quintana Roo, con sede en Chetumal, en su carácter de titular del Poder Ejecutivo del Estado, ordene a quien corresponda se restablezca el sistema INFOMEXQROO, vinculo diseñado para la recepción de solicitudes de información pública del poder ejecutivo en línea, en tanto se cree la respectiva unidad que será el enlace entre el sujeto obligado, y el solicitante, o bien, el portal en línea correspondiente.”

El Juzgador dio un término de cinco días al gobernador Roberto Borge Angulo para que cumpla con su mandato, “con el apercibimiento que de no acatarse, se procederá conforme a derecho”.

Lo anterior, impide al Gobernador suspender el sistema Infomexqroo, el cual se dio de baja desde finales de julio, lo que se pretendió justificar a través del “Acuerdo” de fecha 29 de julio, publicado en el Periódico Oficial del estado, por medio de cual se extinguió la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo (UTAIPPE).

El Juez federal consideró que en el citado Acuerdo no se establecía cómo los ciudadanos podrían acceder su derecho de acceso a la información, y al respecto señaló:

“Lo anterior, pues si bien es cierto que en el Acuerdo reclamado, en su artículo Octavo Transitorio se estableció que las solicitudes de información que formulen los ciudadanos para el acceso a la información pública y datos personales, las atenderá la Secretaría de la Gestión Pública, a través de la unidad administrativa que faculte para ello, también lo es que, a la fecha, no se tiene certidumbre de ante qué unidad adscrita a dicha Secretaría, se deben formular dichas solicitudes, ya que no se ha publicado acuerdo alguno de donde se advierta tal circunstancia”.

“Por tanto, al existir dicha incertidumbre y al ser la materia de transparencia y acceso a la información pública de orden público e interés social, se está contraviniendo el derecho humano de acceso a la información (…)”.

El pasado ocho de agosto Fabiola Cortés Miranda interpuso un amparo en contra del Acuerdo del 29 de julio por el que se ‘extinguía’ la UTAIPPE, ya que esto trajo consigo la baja del sistema InfomexqRoo, con lo que se privó a las personas de su derecho de acceso a la información.

Como en su momento se denunció, el Acuerdo ordenado por el gobernador Roberto Borge era violatorio a los derechos humanos, además de que representaba un grave retroceso en materia de transparencia y rendición de cuentas.

 

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